AYUDAS 2025
Ayudas Autoempleo IMDEEC para el desarrollo de actividades de autoempleo en Andalucía.
Objeto de la ayuda
Autoempleo IMDEEC: Fomentar el emprendimiento y autoempleo en Córdoba, apoyando la creación de pequeñas empresas y proyectos sociales, especialmente aquellos generadores de empleo. Además, se busca respaldar el mantenimiento de empresas mediante financiamiento de gastos operativos, con enfoque en zonas desfavorecidas, y promover el desarrollo de empresas biotecnológicas en sectores clave.
En Bavaco te ayudamos a tramitar este tipo de subvención Autoempleo IMDEEC, desde el inicio hasta la concesión de la misma.
Beneficiarios Autoempleo IMDEEC
- Línea 1: Empresas de nueva creación. Empresas, pequeñas o medianas con personalidad jurídica, así como personas físicas
- Línea 2: Empresas usuarias de puestos fijos en los mercados minoristas de abastos de Córdoba (La Corredera, Marrubial, Sector Sur, Ciudad Jardín, el Naranjo o Huerta de la Reina), u ocupantes temporales con carácter eventual, de los puestos de venta vacantes hasta que se proceda a la adjudicación formal de la concesión individualizada, que estén al corriente de pago de la Tasa “por los servicios de mercados municipales” (Ordenanza Fiscal nº 410), en los últimos cuatro años: Pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos que operen en los mercados minoristas de abastos de Córdoba (La Corredera, Marrubial, Sector Sur, Ciudad Jardín, El Naranjo o Huerta de la Reina).
- Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental. Empresas, pequeñas o medianas con personalidad jurídica o como personas físicas
- Línea 4: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos: Pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos
Cuantía de la ayuda Autoempleo IMDEEC
- 4.500 € para la Línea 1: Empresas de nueva creación, Tipología de Proyectos de Carácter General y Proyectos de Economía Social.
- 3.500 € para la Línea 2: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos.
- 1.500 € ampliable a 3.000 € para la Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental
- 3.500 € para Línea 4: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos
Conceptos subvencionables
- Línea 1: Empresas de Nueva Creación: Tipología de proyectos de Carácter General y Proyectos de Economía Social: Serán subvencionables los gastos realizados y pagados durante el período de 12 meses anteriores y 3 meses posteriores al mes de alta en la Seguridad Social o Mutualidad Profesional, relacionados con el inicio de la actividad empresarial.
- Línea 2: Empresas usuarias de puestos fijos en los mercados minoristas de abastos de Córdoba (La Corredera, Marrubial, Sector Sur, Ciudad Jardín, el Naranjo o Huerta de la Reina), u ocupantes temporales con carácter eventual, de los puestos de venta vacantes hasta que se proceda a la adjudicación formal de la concesión individualizada, que estén al corriente de pago de la Tasa “por los servicios de mercados municipales” (Ordenanza Fiscal nº 410), en los últimos cuatro años:
Serán subvencionables los gastos de funcionamiento realizados entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de abril de 2025, en puestos fijos o temporales de los mercados de abastos de Córdoba, según la Base 6 de la Convocatoria.
Se incluyen cuotas de Seguridad Social, suministros (electricidad y gas), asesoría fiscal, laboral y contable, gestión ambiental y eficiencia energética, certificaciones de conciliación laboral y cuotas empresariales y networking (hasta 500 €, con justificante bancario).
No se subvencionarán gastos ajenos a la actividad, facturas incompletas, pagos en efectivo superiores a 1.000 €, desplazamientos, tecnología, inversiones ni aquellos no declarados en la Cuenta Justificativa.
- Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental:
Serán conceptos de gasto subvencionables en esta Línea, aquellos en los que se hayan incurrido para sufragar los gastos corrientes de funcionamiento y otros relacionados con la actividad económica identificada en esta Línea 3, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de marzo de 2025 (ambos inclusive), aplicados al centro de trabajo en el municipio de Córdoba, relacionados en relacionan en la Base 6 de la Convocatoria.
- Línea 4: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos:
Serán conceptos de gasto subvencionables en esta Línea, aquellos destinados a sufragar gastos corrientes de funcionamiento y otros relacionados con la actividad económica, realizados y pagados entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de marzo de 2025, aplicados al centro de trabajo en Córdoba, conforme a la Base 6 de la Convocatoria.
Serán subvencionables las cuotas de la Seguridad Social de socios, comuneros y trabajadores, siempre que se acrediten con el «Informe de Cuotas ingresadas» de la Tesorería General de la Seguridad Social.
No serán subvencionables gastos no vinculados a la actividad económica, facturas incompletas, pagos en efectivo superiores a 1.000 €, gastos en dietas, desplazamientos, tecnología, inversiones, servicios prestados por la propia empresa o socios, cuotas de alquiler o hipoteca si el local es residencia habitual, ni aquellos no incluidos en la Cuenta Justificativa, cuya omisión supondrá la exclusión de la solicitud.
Plazos Autoempleo IMDEEC
El plazo para presentar solicitud para acogerse al incentivo regulado por estas Bases será:
Del 3 al 18 de marzo 2025 (ambos inclusive), para:
- Solicitudes correspondientes a Línea 1: Empresas de nueva Creación, Proyectos de Carácter General / Proyectos de Economía Social, del periodo 1, formalmente constituidas en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024.
- Solicitudes correspondientes a Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental, legalmente constituidas y con alta en el IAE anterior al 31 de marzo de 2025, según Certificado de situación Censal.
- Solicitudes correspondientes a la Línea 4: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos, legalmente constituidas y con alta en el IAE anterior al anterior al 1 de enero de 2024.
Del 5 al 20 de mayo 2025 (ambos inclusive),para:
- Solicitudes correspondientes a la Línea 2: Empresas usuarias de puestos fijos en los mercados minoristas de abastos de Córdoba (La Corredera, Marrubial, Sector Sur, Ciudad Jardín, el Naranjo o Huerta de la Reina), u ocupantes temporales con carácter eventual, de los puestos de venta vacantes hasta que se proceda a la adjudicación formal de la concesión individualizada que estén al corriente de pago de la Tasa «por los servicios de mercados municipales» (Ordenanza Fiscal Nº 410), en los últimos cuatro años: legalmente constituida y con alta en el IAE anterior al 30 de junio de 2024, según Certificado de situación Censal.
Del 18 de septiembre al 3 de octubre de 2025 (ambos inclusive), para:
- Solicitudes correspondientes a Línea 1: Empresas de nueva Creación, Proyectos de Carácter General / Proyectos de Economía Social, del periodo 2, formalmente constituidas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025.