AYUDAS 2025

Ayudas Autoempleo IMDEEC para el desarrollo de actividades de autoempleo en Andalucía.

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Objeto de la ayuda

  • Autoempleo IMDEEC: Fomentar el emprendimiento y autoempleo en Córdoba, apoyando la creación de pequeñas empresas y proyectos sociales, especialmente aquellos generadores de empleo. Además, se busca respaldar el mantenimiento de empresas mediante financiamiento de gastos operativos, con enfoque en zonas desfavorecidas, y promover el desarrollo de empresas biotecnológicas en sectores clave.

  • En Bavaco te ayudamos a tramitar este tipo de subvención Autoempleo IMDEEC, desde el inicio hasta la concesión de la misma.

Forma y Contrata IMDEEC

Beneficiarios Autoempleo IMDEEC

  • Línea 1: Empresas de nueva creación. Empresas, pequeñas o medianas con personalidad jurídica, así como personas físicas
  • Línea 2: Empresas usuarias de puestos fijos en los mercados minoristas de abastos de Córdoba (La Corredera, Marrubial, Sector Sur, Ciudad Jardín, el Naranjo o Huerta de la Reina), u ocupantes temporales con carácter eventual, de los puestos de venta vacantes hasta que se proceda a la adjudicación formal de la concesión individualizada, que estén al corriente de pago de la Tasa “por los servicios de mercados municipales” (Ordenanza Fiscal nº 410), en los últimos cuatro años: Pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos que operen en los mercados minoristas de abastos de Córdoba (La Corredera, Marrubial, Sector Sur, Ciudad Jardín, El Naranjo o Huerta de la Reina).
  • Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental. Empresas, pequeñas o medianas con personalidad jurídica o como personas físicas
  • Línea 4: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos: Pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos

Cuantía de la ayuda Autoempleo IMDEEC

  • 4.500 € para la Línea 1: Empresas de nueva creación, Tipología de Proyectos de Carácter General y Proyectos de Economía Social.
  • 3.500 € para la Línea 2: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos.
  • 1.500 € ampliable a 3.000 € para la Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental
  • 3.500 € para Línea 4: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos
Gestion de subvenciones para empresas o autónomos en Córdoba
Gestion de subvenciones para empresas o autónomos en Córdoba

Conceptos subvencionables

  • Línea 1: Empresas de Nueva Creación: Tipología de proyectos de Carácter General y Proyectos de Economía Social: Serán subvencionables los gastos realizados y pagados durante el período de 12 meses anteriores y 3 meses posteriores al mes de alta en la Seguridad Social o Mutualidad Profesional, relacionados con el inicio de la actividad empresarial.
  • Línea 2: Empresas usuarias de puestos fijos en los mercados minoristas de abastos de Córdoba (La Corredera, Marrubial, Sector Sur, Ciudad Jardín, el Naranjo o Huerta de la Reina), u ocupantes temporales con carácter eventual, de los puestos de venta vacantes hasta que se proceda a la adjudicación formal de la concesión individualizada, que estén al corriente de pago de la Tasa “por los servicios de mercados municipales” (Ordenanza Fiscal nº 410), en los últimos cuatro años:

    Serán subvencionables los gastos de funcionamiento realizados entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de abril de 2025, en puestos fijos o temporales de los mercados de abastos de Córdoba, según la Base 6 de la Convocatoria.

    Se incluyen cuotas de Seguridad Social, suministros (electricidad y gas), asesoría fiscal, laboral y contable, gestión ambiental y eficiencia energética, certificaciones de conciliación laboral y cuotas empresariales y networking (hasta 500 €, con justificante bancario).

    No se subvencionarán gastos ajenos a la actividad, facturas incompletas, pagos en efectivo superiores a 1.000 €, desplazamientos, tecnología, inversiones ni aquellos no declarados en la Cuenta Justificativa.

  • Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental: 

    Serán conceptos de gasto subvencionables en esta Línea, aquellos en los que se hayan incurrido para sufragar los gastos corrientes de funcionamiento y otros relacionados con la actividad económica identificada en esta Línea 3, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de marzo de 2025 (ambos inclusive), aplicados al centro de trabajo en el municipio de Córdoba, relacionados en relacionan en la Base 6 de la Convocatoria.

  • Línea 4: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos:

    Serán conceptos de gasto subvencionables en esta Línea, aquellos destinados a sufragar gastos corrientes de funcionamiento y otros relacionados con la actividad económica, realizados y pagados entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de marzo de 2025, aplicados al centro de trabajo en Córdoba, conforme a la Base 6 de la Convocatoria.

    Serán subvencionables las cuotas de la Seguridad Social de socios, comuneros y trabajadores, siempre que se acrediten con el «Informe de Cuotas ingresadas» de la Tesorería General de la Seguridad Social.

    No serán subvencionables gastos no vinculados a la actividad económica, facturas incompletas, pagos en efectivo superiores a 1.000 €, gastos en dietas, desplazamientos, tecnología, inversiones, servicios prestados por la propia empresa o socios, cuotas de alquiler o hipoteca si el local es residencia habitual, ni aquellos no incluidos en la Cuenta Justificativa, cuya omisión supondrá la exclusión de la solicitud.

Plazos Autoempleo IMDEEC

  • El plazo para presentar solicitud para acogerse al incentivo regulado por estas Bases será:

Del 3 al 18 de marzo 2025 (ambos inclusive), para:

  • Solicitudes correspondientes a Línea 1: Empresas de nueva Creación, Proyectos de Carácter General / Proyectos de Economía Social, del periodo 1, formalmente constituidas en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024.
  • Solicitudes correspondientes a Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental, legalmente constituidas y con alta en el IAE anterior al 31 de marzo de 2025, según Certificado de situación Censal.
  • Solicitudes correspondientes a la Línea 4: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos, legalmente constituidas y con alta en el IAE anterior al anterior al 1 de enero de 2024.

Del 5 al 20 de mayo 2025 (ambos inclusive),para:

  • Solicitudes correspondientes a la Línea 2: Empresas usuarias de puestos fijos en los mercados minoristas de abastos de Córdoba (La Corredera, Marrubial, Sector Sur, Ciudad Jardín, el Naranjo o Huerta de la Reina), u ocupantes temporales con carácter eventual, de los puestos de venta vacantes hasta que se proceda a la adjudicación formal de la concesión individualizada que estén al corriente de pago de la Tasa «por los servicios de mercados municipales» (Ordenanza Fiscal Nº 410), en los últimos cuatro años: legalmente constituida y con alta en el IAE anterior al 30 de junio de 2024, según Certificado de situación Censal.

Del 18 de septiembre al 3 de octubre de 2025 (ambos       inclusive), para:

  • Solicitudes correspondientes a Línea 1: Empresas de nueva Creación, Proyectos de Carácter General / Proyectos de Economía Social, del periodo 2, formalmente constituidas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025.

 

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